Hemos observado con preocupación que en los últimos años ha aumentado el número de abogados que están siendo objetos de procesos penales, lo que nos lleva a reflexionar sobre los límites morales, profesionales y de responsabilidad que tenemos en la sociedad.
Para abordar esta situación el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional publicó la sentencia No. 527, de fecha 10/04/2025, la cual tiene importantes implicaciones para la protección de los abogados en Venezuela, particularmente en el ejercicio de su profesión y el derecho a la defensa.
A continuación, compartimos algunos aspectos clave de dicha sentencia:
La Sala Constitucional establece que el ejercicio de la capacidad de postulación y las facultades que los mandantes confieren a los apoderados judiciales para defender sus derechos e intereses, no los convierte en socios, cómplices de sus clientes, ni partícipes de sus ganancias o pérdidas.
Respecto a este punto, es importante diferenciar entre los abogados consultores, in house o asesores que participan en el desarrollo de negociaciones, contratos, relaciones con clientes y anticipación de riesgos, y aquellos, que ejercen la defensa, representación o asistencia en procesos judiciales. Estos últimos no tienen una participación ex ante en el negocio jurídico y garantizan el derecho a la defensa del justiciable.
La asistencia en los procesos judiciales está amparada por el secreto profesional, o privilegio de protección, que impide la difusión o divulgación de los hechos objeto del proceso y garantiza la confidencialidad. Es sobre esta arista del ejercicio profesional que se enfoca la sentencia de la Sala Constitucional.
La Sala subrayó que los abogados están vinculados a sus clientes «en razón de sus mandatos y no directamente a los casos, pues carecen del interés procesal que su cliente, en cambio, sí posee». Esto refuerza el principio de que la responsabilidad penal recae en el cliente y no en el abogado por el simple hecho de representarlo legalmente.
La Sala actúa como «guardián y garante del derecho positivo existente y en protección de los derechos humanos de los particulares», manteniendo «alerta ante cualquier situación que pueda menoscabar esta garantía constitucional de tan vital importancia y, con ello, el orden público constitucional». Al abordar la denuncia de «persecución y terrorismo judicial» contra el abogado IH por defender a sus clientes, la Sala busca proteger el derecho fundamental a la libertad personal y el debido proceso.
La criminalización de la profesión de Abogado puede repercutir negativamente en el derecho a la defensa, ya que el profesional podría verse persuadido por los antecedentes para no agotar los recursos, acciones y peticiones que la ley le confiere para la protección de los intereses del cliente.
Esta situación crea una dicotomía entre el ejercicio del derecho a la defensa y el procesamiento de los abogados por hechos o acciones cometidas en el entorno judicial.
La situación a la que están expuestos los abogados consolida la profesión como de alto riesgo, por lo que se requiere la formación constante, la disposición de políticas claras y manifiestas sobre el ejercicio de las cuales no se puede apartar y la consolidación de la relación de fidelidad del cliente y de respeto hacia el abogado.